FD.3.8.4. REGISTRO DE TIERRAS DESPOJADAS Y ABANDONADAS FORZOSAMENTE – RTDAF
DETERMINANTES DEL ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD RURAL – OSPR HERRAMIENTA DE CONSULTA DE LOS COMPONENTES AMBIENTAL, DE RIESGO Y SECTORIAL
FORMULACIÓN DE PLANES DE ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD RURAL IMPLEMENTACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LOS PLANES DE ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD RURAL
PLANIFICACIÓN DEL ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD RURAL
- Figura
- Descripción General
- Determinante
- Requisitos de la figura
- Competencia en la administración
- Normativa general aplicada al OSPR
- Procedencia y Articulación del RTDAF
- Insumos de información existentes para la figura de RTDAF
- Abordaje Metodólogico
- Roles y responsabilidades en el análisis de la figura interior ANT
REGISTRO DE TIERRAS DESPOJADAS Y ABANDONADAS FORZOSAMENTE – RTDAF
Será condicionante para el OSPR cuando: • Se verifique que se cuenta con una solicitud de un predio para ser ingresado en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente (condicionantes para el OSPR). • Se haya Iniciado el estudio de la solicitud de ingreso a registro. Se considerará restricción cuando:• Se cuente con la Resolución de inscripción en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente. • Se haya Iniciado demanda ante juez de Restitución de Tierras. El alcance que se le ha dado a este determinante, es de restricción para el OSPR, por lo tanto, no podrán adelantarse las rutas de formalización privada a cargo de la Subdirección de Seguridad Jurídica. Lo anterior, significa que no podrá adelantarse ordenamiento social de la propiedad en estos predios; teniendo en cuenta que el Decreto 148 de 2020 articulo 2.2.2.2.25 y la Resolución Conjunta IGAC 1101 – SNR 11344 del 31 de diciembre de 2020 articulo 5, solo restringió los procedimientos catastrales con efecto registral para los predios inscritos en RTDAF y los solicitados en restitución. |
CONSTITUCIÓN POLITICA
LEY 1448 DE 2011
LEY 1955 DE 2019
DERETO 148 de 2020
Decreto 4800 de 2011
Decreto 4829 de 2011
Decreto 599 de 2012
Decreto 1071 de 2015
Decreto 640 de 2020
Resolución 306 de mayo 2017.
Auto de seguimiento 373 de 2016). Mediante el Auto 373 la Corte se pronunció en relación con la implementación del Rupta y la necesidad de su articulación con el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente (RTDAF).
<h3 style=»text-align: center;»><strong>Aplicabilidad rutas</strong></h3>
1:25.000
la información de sentencias se puede descargar de forma libre en el siguiente link:
https://opendata.arcgis.com/datasets/6d29e27165344aef885828e015f636d6_0.zip?outSR=%7B%22latestWkid%22%3A3116%2C%22wkid%22%3A3116%7D
La información actualizada con los estados en inscripción, demanda, demanda por terceros o sentencia se encuentra en los ftp institucionales y se va actualizando aproximadamente cada dos meses, se entregan capas puntuales y poligonales.
Shape
Polígono y punto
MAGNA_Colombia_Bogota
[cod_dane]
[id_registr]
[estado_tra]
[estado_pol]
[Circ_Reg]
[Num_Matric]
[Num_IGAC]
[Num_Ant]
[AREAKM2]
01 de mayo de 2020
Bimensual
Si existe cruce espacial se considera como afectación